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¿Un 'estatuto de transición' podría convertir a Guaidó en un "presidente provisional" de Venezuela sin elecciones?

La Asamblea Nacional emitió un documento donde se establecen varios tipos de mandatos que no están contemplados en la Constitución.
Fuente: actualidad.rt.com

Algunos venezolanos amanecieron este miércoles con dudas sobre el estatus actual del autoproclamado "presidente encargado", Juan Guaidó, tras la emisión de un documento llamado Ley del Estatuto para la Transición' del Gobierno, durante una sesión de la Asamblea Nacional (AN), que se encuentra en desacato desde 2016 y cuyos actos carecen de validez jurídica. 
Este texto, que según la abogada constitucionalista María Alejandra Díaz "es la prueba fehaciente del Golpe de Estado" contra el presidente Nicolás Maduro, está compuesto por 39 puntos, donde el Parlamento cita los artículos223 y 333 de la Constitución para referirse a temas como la "transición", la "usurpación", la "actuación de la AN y su presidente", la "renovación de los poderes públicos" por parte del Legislativo y la "conformación de un gobierno provisional".
En la extensa temática que aborda el escrito no se define con claridad lo relativo a la autojuramentación de Guaidó y no hay concordancia entre lo establecido por la Constitución y la interpretación que de ella ha hecho el Parlamento, que la establece explícitamente como su como su basamento legal.

¿Guaidó es presidente o no?

En el 'Artículo 25' del capítulo titulado 'De la conformación de un Gobierno Provisional de Unidad Nacional' se afirma que "una vez cesada la usurpación" del mandatario, que según la AN culminará cuando Maduro deje el cargo para el que fue electo con más de 60% de los votos (sin precisar cuál será el plazo para que eso ocurra), la "Asamblea Nacional velará por la continuación de la aplicación del artículo 233 de la Constitución", donde se establece que, tras una "falta absoluta" del presidente, el vicepresidente asume la primera magistratura y se convoca a elecciones, que deben celebrarse en un plazo de máximo 30 días.
En el mismo punto, a pesar de estar inspirado en la Carta Magna, se determina que no le corresponde al vicepresidente asumir el cargo sino que será el presidente de la Asamblea Nacional quien "ejercerá durante treinta días continuos como Presidente encargado", con la finalidad de "conllevar la conformación de un Gobierno provisional".
Por otra parte, el 'Artículo 26' recoge que, de ocurrir una "imposibilidad técnica para convocar y realizar elecciones libres" dentro de los 30 días siguientes, "la Asamblea Nacional podrá ratificar al presidente encargado como provisional", por lo que el lapso inicial fijado por la Constitución (usado como basamento para este apartado), quedaría sin efecto y habría dos tipos de "presidencia" sin que los venezolanos asistieran a las urnas.

Nota de El Rincón del Perro: En el ultimo párrafo, ya violentado el ordenamiento jurídico establecido en Venezuela, cuando se nombra al presidente de la AN, en vez del Vicepresidente de la República, tal y como lo establece la constitución en caso de "falta absoluta"; ya se deja en evidencia que la intención oculta, entre lineas, es declarar a Juan Guaidó como Presidente, una vez derrocado Nicolás Maduro, por 12 meses al menos, justificando que no existen posibilidades de llamar a elecciones por estar las datas del CNE totalmente fraudulentas y las correcciones no se pueden realizar antes de los 30 días. Si revisan bien, esto indica que están siguiendo las mismas directrices aplicadas en el congreso brasileño cuando destituyeron a Dilma y Michel Temer se convirtió en presidente el tiempo suficiente para condenar a Lula, desmontar toda la legislación aprobada por su gobierno, y crear las condiciones para que la derecha tomara el poder, sin peligro. El mismo formato, el mismo objetivo.

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